viernes, 31 de julio de 2009

Los autónomos que "cesen actividad" cobraran entre 580 y 1.300 euros al mes.

El Ministerio de Trabajo entregó a las asociaciones de trabajadores autónomos -ATA, UPTA y CEAT- el borrador del anteproyecto de Ley que regulará la prestación por "cese de actividad", en el que se contempla que ésta no será menor de 580 euros mensuales y no podrá superar los 1.300 euros.
Además, tendrá una duración de seis meses y de nueve en el caso de los mayores de 60 años.
Ahora bien, según los cálculos de Trabajo, siendo la prestación del 70% de la base de cotización, y ésta de 900 euros de media, los autónomos cobrarán un promedio de 630 euros.

Los autónomos cotizarán inicialmente un 1% de su base de cotización y pondrán disponer de la prestación, por un periodo de dos meses, después de un año cotizado. Los meses de percepción se incrementarán en proporción al tiempo de cotización, de forma que tras 18 meses cotizados se tendrá derecho a tres meses de prestación.

Además, esta previsto que, una vez pasados unos tres o cuatro años, la cotización suba al 2,5%, tipo que, según Trabajo, permitirá garantizar la autosuficiencia del sistema.
Cotizante por contingencias profesionales.

En rueda de prensa, el ministro de Trabajo, Celestino Corbacho, dejó claro que, si bien podrá cotizarse de manera voluntaria, esta cotización irá obligatoriamente vinculada a aquella por contingencias profesionales, también voluntaria salvo en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE).
Según indicó Corbacho, "hay que ver este proyecto de Ley más allá de la crisis" y entenderlo como un reconocimiento a un colectivo que "ayuda al desarrollo" económico. Por ello, consideró que será preciso poner en marcha la prestación cuanto antes.

Concretamente, indicó que el texto será elevado al Consejo de Ministros del próximo 13 de agosto para su lectura y petición de los informes pertinentes. En paralelo, las asociaciones tendrán de plazo hasta el próximo 10 de septiembre para presentar su observaciones y alegaciones al texto.
La intención del Gobierno es llevarlo después al Consejo de Ministros del 19 de septiembre para una segunda lectura e iniciar su trámite parlamentario no más allá del mes de octubre de cara a que esté aprobado antes de que acabe el año. En cualquier caso, los autónomos no podrían cobrar la prestación antes de 2011.

Más medidas en Consejo de Ministros
Asimismo, Corbacho anunció que, fruto del acuerdo alcanzado con las asociaciones de autónomos el pasado 5 de mayo, el Consejo de Ministros aprobará mañana un Real Decreto que contempla una bonificación del 50% en las cuotas a la Seguridad Social para aquellos autónomos que contraten al primer asalariado siempre que no esté cobrando prestación por desempleo.
Además, el Ejecutivo dará luz verde a la posibilidad de que las mujeres paradas de menos de 35 años y los hombres en la misma situación menores de 30 años capitalicen hasta el 80% de su prestación por desempleo, veinte puntos porcentuales más que hasta ahora, para dedicarlo a invertir en un nuevo negocio.
Satisfacción con cautela
Por su parte, el presidente de la Federación Nacional de Trabajadores Autónomos (ATA), Lorenzo Amor, valoró positivamente que se avance en la prestación por cese de actividad, con la que se cumpliría "uno de los deseos de los autónomos".

Sin embargo, consideró que el borrador remitido por el Gobierno no equipara lo suficiente a autónomos y a asalariados. Así, desde su organización "no se concibe" que los autónomos tengan que cotizar 36 meses para obtener una prestación de seis, mientras que los asalariados cuentan con una ayuda de un año tras el mismo periodo de cotización.
Además, al margen de las medidas que aprobará el Consejo de Ministros mañana, desde ATA se instó a abordar una revisión de los módulos a partir del mes de septiembre.
Por su parte, el secretario general de la Unión de Profesionales y Trabajadores Autónomos (UPTA), Sebastián Reyna, indicó que la prestación por cese de actividad era el "compromiso más importante y complejo" del Estatuto del Trabajo Autónomo, y en este sentido se mostró "satisfecho". Por su parte, el director general de CEAT, Agustín González, calificó este avance de "positivo".


Fuente: Libertad Digital citando a Europa Press

viernes, 24 de julio de 2009

Hacienda puede embargar hasta 20.000 euros de cuentas corrientes.

La cantidad máxima que la Administración podrá confiscar de manera directa de las cuentas bancarias o de ahorro de los ciudadanos "sin necesidad de iniciar el procedimiento judicial" se ha quintuplicado desde los 4.000 a los 20.000 euros en menos de dos años.
Según informa Calixto Rivero en el diario Expansión, la disposición firmada por el director general de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria, Luis Pedroche, justifica el fuerte aumento de la cantidad máxima embargable sin mediación de la Justicia por "el satisfactorio funcionamiento que ha tenido este procedimiento desde su implantación".
Ésta es una de las medidas elegidas por la vicepresidenta económica, Elena Salgado, en un momento de caída de los ingresos estatales del 25% entre enero y mayo, ya que las subidas de los impuestos que gravan los hidrocarburos y las labores del tabaco no son suficientes para mitigar un déficit que asciende peligrosamente hasta el 10% del PIB.

La iniciativa, que entrará en vigor el 1 de agosto, puede llevar a los contribuyentes a pasar más de un apuro inesperado durante la temporada estival.

Algunos españoles pueden verse sorprendidos en pleno verano por un embargo de una importante deuda que hasta ahora desconocían, ya que la notificación de la Administración la verán a la vuelta de las vacaciones.

Con este controvertido plan, en poco más de 10 días podría culminar el proceso de embargo iniciado por Hacienda y ejecutado por las entidades financieras colaboradoras. Economía justifica la medida por "el satisfactorio funcionamiento del procedimiento"

Esta iniciativa del Ministerio de Economía y Hacienda pretende no toparse con la justicia en el cobro de las deudas. Varias sentencias han impuesto en los últimos meses límites a los ayuntamientos a la hora de iniciar el cobro rápido de multas, recargos, impuestos o distintos cobros a los ciudadanos, esenciales para poder hacer frente a los servicios sociales prometidos.
El Constitucional ya ha avalado en diversos pronunciamientos que el mecanismo estándar de cobro acelerado a los ciudadanos, por medio de publicar las reclamaciones en edictos oficiales, debe considerarse como "un remedio último de carácter supletorio y excepcional".
Fuente: Expansión y Libertad Digital

martes, 21 de julio de 2009

La llegada de turistas extranjeros a España cae un 11,4% en el primer semestre del año.

España ha recibido 23,55 millones de turistas extranjeros en los seis primeros meses del año, lo que representa una caída del 11,4% en relación al mismo periodo de 2008, según los datos de la Encuesta de Movimientos Turísticos en Frontera (Frontur) hechos públicos por el ministerio de Industria, Turismo y Comercio.

El mes de junio también ha manifestado una tendencia descendente, ya que los 5,2 millones de turistas que visitaron España representan un retroceso del 10% respecto al mismo mes del año anterior.

La encuesta destaca que Cataluña, Canarias, Baleares y Andalucía fueron las comunidades más visitadas, mientras que Madrid fue la región en la que más creció el número de turistas foráneos.

Reino Unido y Alemania continúan siendo los principales mercados de turistas en España. Juntos suponen un 48% del total, aunque ambos países concentraron buena parte de la caída tanto en junio como en el acumulado de los seis primeros meses el año.

En junio, la disminución de visitantes procedentes del Reino Unido fue del 11,6% y del 10,4% en el caso de Alemania; en el acumulado del semestre, el descenso del turismo británico fue del 16,3%, mientras que el alemán bajó un 11%.

Fuente: Sección Economía de El Mundo

La Seguridad Social deja de aplazar las cuotas sociales que pagan las empresas.

Según publica El Economista, los 8.000 millones de euros -superávit de la entidad en 2008, que no se ingresó al Fondo de Reserva de las pensiones para que el sistema gozara de mayor solvencia este año- destinados para otorgar aplazamientos de las cuotas a las empresas en dificultades están casi agotados.
A finales de junio, se habían gastado ya 7.000 millones de euros, y a día de hoy la cifra será mucho mayor (la Seguridad Social no responde a las peticiones para otorgar los datos actualizados), o con suerte puede quedar dinero para atender peticiones durante algunas semanas más.


Entonces, ¿qué pasará cuando se agote este fondo? El secretario de Estado de Seguridad Social, Octavio Granado, lo tiene claro: "Se cerrará el grifo", como expresó hace unos días a elEconomista. La conclusión es que los empresarios que quieran posponer sus pagos a la entidad por la asfixia de la crisis se verán obligados, simplemente, a dejar de pagar.

Pero la demora de las cuotas sociales carga con unos intereses mayores. Mientras que con un aplazamiento a la Seguridad Social se paga un 4% más de la deuda por recargo (interés legal del dinero) y pueden posponerlo hasta cinco años, la demora de los pagos alcanza el 11% de interés (el interés de demora se conforma del interés de dinero más un 7% establecido para el ejercicio de 2009).

Fuente : Libertad Digital citando a El Economista

miércoles, 8 de julio de 2009

Los autónomos cobrarán hasta seis meses de paro: rondará los 680 euros.

Los autónomos que quieran cobrar el paro una vez hayan cesado en su actividad tendrán que cotizar también por contingencias profesionales (accidente laboral y enfermedad profesional) y la prestación que percibirán no podrá durar más de seis meses, aunque la duración de la misma será mayor en el caso de los trabajadores por cuenta propia con más de 60 años.

Eso es al menos lo que baraja el Ministerio de Trabajo aunque, según explicó hoy el director general de Trabajo Autónomo, Juan José Barrera, en un encuentro con la prensa, la propuesta no está todavía cerrada y podría sufrir algunas modificaciones.
El sistema que plantea Trabajo para que los autónomos puedan acceder al cobro del paro, lo que no será posible hasta el año 2011, es semi-obligatorio, ya que el colectivo no podrá tener prestación si no cotiza al mismo tiempo por accidente laboral, contingencia que ahora mismo es voluntaria salvo en el caso de los trabajadores autónomos económicamente dependientes (TRADE) y que en el futuro también será obligatoria para los autónomos que trabajan en actividades de riesgo.

En otras palabras, ambas cotizaciones, la del paro y la de contingencias profesionales, serán indisolubles, de forma que si un autónomo no quisiera pagar por alguna de ellas dejaría de pagar por las dos, y quien quisiera cotizar por una tendría que cotizar también por la otra. De esta forma, Trabajo espera que el hecho de vincular el cobro del paro al pago de contingencias profesionales genere un "efecto llamada" que eleve el número de autónomos que actualmente cotizan por accidente laboral (unos 363.000, incluyendo a 3.240 TRADES) y, al mismo tiempo, ayude a mantener el sistema de protección por desempleo de los trabajadores autónomos.
De hecho, el sistema se nutrirá de las cuotas que paguen los autónomos (es decir, que será contributivo, al igual que lo es el sistema de la Seguridad Social) y éstas tendrán que ser suficientes para financiarlo.
El tipo de cotización inicial que deberán pagar los autónomos que quieran cobrar el paro será inferior al 3% y será adicional al que ya pagan quienes cotizan por accidente laboral. "Partimos de esa base para arrancar el sistema. Añadiendo una cotización adicional (a la de contingencias profesionales) los autónomos estarían cubiertos ante dos contingencias: accidente laboral y enfermedad profesional y el cese de actividad", explicó Barrera, que añadió que el tipo podría variar en función de cómo vaya evolucionando el sistema.

La prestación: el 70% de la cotización.
El importe de la llamada prestación por cese de actividad que se baraja en Trabajo será equivalente al 70% de la base de cotización del autónomo (unos 682 euros si se tiene en cuenta que la base de cotización media de los autónomos que pagan por contingencias profesionales es de 974 euros).

La duración de la prestación estará en función del tiempo cotizado, de manera que los que hayan cotizado de 12 a 17 meses tendrán derecho a dos meses de paro; los que hayan cotizado entre 18 y 23 meses cobrarán tres meses de prestación; los de 24 a 29 meses de cotización tendrán cuatro meses de paro; los de 30 a 35 meses cotizados percibirán la ayuda durante cinco meses y los de 36 meses o más de cotización cobrarán durante el máximo fijado, esto es, seis meses.

Tratamiento especial para mayores de 60 años
No obstante, los trabajadores autónomos mayores de 60 años recibirán un tratamiento especial, de forma que podrán cobrar la prestación durante más tiempo, aunque todavía está por definir cuánto.
Barrera explicó que el sistema que está perfilando Trabajo mantiene la relación cotización/prestación planteada por los expertos en el informe que les fue encargado al respecto pese a que algunas organizaciones de autónomos habían pedido que la ayuda pudiera cobrarse durante más tiempo. En este sentido, precisó que, en vez de modificar este punto, lo que hará el Ministerio es proponer un tipo de cotización más bajo del recomendado por los expertos (3,15%) y aunque no quiso precisar cual será, sí dijo que estará por debajo del 3%.
De momento, el Departamento que dirige Celestino Corbacho está estudiando dos alternativas para gestionar el sistema de protección por desempleo para los autónomos: o bien que se hagan cargo de él las mutuas de accidente -pues son ellas en gran medida las que están gestionando a los autónomos las contingencias profesionales- o que la tarea recaiga sobre el Inem. En caso de que se optara por este organismo, Barrera precisó que se trataría de un sistema independiente y totalmente separado del sistema de protección por desempleo de los trabajadores asalariados.

El Ministerio de Trabajo confía en que en "breves días" su propuesta oficial sobre la prestación por cese de actividad de los autónomos pueda estar cerrada para llevarla a la mesa de diálogo social este mismo mes. El objetivo, dijo, es cerrar un acuerdo con las organizaciones de autónomos y agentes sociales en septiembre, para que el proyecto de ley sobre esta prestación pueda aprobarse en Consejo de Ministros hacia septiembre o octubre.Después del trámite parlamentario correspondiente, que podría hacerse por vía de urgencia si llega a la Cámara con el apoyo social y de los autónomos, el sistema empezaría a funcionar en los primeros meses de 2010, aunque los autónomos no tendrían derecho a prestación hasta 2011, pues antes deben generar el derecho (12 meses de cotización mínimo).

La representatividad de los autónomos.
Además del diseño del paro de los autónomos, Trabajo está elaborando un Real-Decreto que, en virtud de lo dispuesto en el Estatuto del Trabajo Autónomo, medirá la representatividad de un colectivo compuesto por más de tres millones de trabajadores y en el que muchas organizaciones se arrogan el papel de representantes de los autónomos.
El Ministerio suele negociar con ATA, UPTA (vinculada a UGT), y CEAT (perteneciente a CEOE y Cepyme), lo que ha provocado el malestar en otras organizaciones representativas, como ASNEPA. El Real-Decreto que prepara Trabajo arrojará luz a esta cuestión, fijando una serie de criterios que medirán la representatividad: tener presencia a nivel estatal; tener una infraestructura mínima, con sedes en comunidades autónomas; y que realicen actividades para el colectivo (jornadas, estudios, acuerdos con entidades, etc.). Una vez aprobado el texto, un consejo compuesto por cinco funcionarios decidirá la representatividad, que se medirá cada cuatro años.
El Real-Decreto que ya está listo y que se ha enviado ya al Consejo de Estado es el que desarrolla parte del llamado plan de rescate de los trabajadores autónomos. Una de las medidas contenidas en el mismo es la de incrementar del 60% al 80% la parte de la prestación por desempleo dedicada a inversión que se capitaliza para montar un negocio, medida de la que se beneficiarán los jóvenes de hasta 30 años y las mujeres de hasta 35 años (el resto de los parados se mantendrá en el 60%).

La norma contempla también una bonificación del 50% para el autónomo que contrate a su primer asalariado, siempre que éste no esté cobrando prestación por desempleo. Trabajo calcula que de esta medida podrán beneficiarse 1,6 millones de autónomos que no tienen asalariados y 1 millón de parados que actualmente no están cobrando prestación, y prevé que al menos 45.000 personas sean contratadas por esta vía en los próximos meses.

Fuente: Europa Press reflejada por Economía en www.libertaddigital.com

jueves, 2 de julio de 2009

Los diez consejos básicos para reducir las pérdidas por el impago de clientes.

El secretario general de la Confederación Empresarial de Madrid-CEOE (CEIM), Alejandro Couceiro, acompañado por el vicepresidente de la Cámara de Comercio Hispano-Sueca, Fernando Borrachero, y el director general de Intrum Justitia, Luis Salvaterra, ha presentado la Guía práctica de gestión de crédito, con el objetivo de ampliar los conocimientos de los empresarios sobre este tema, y contribuir a reforzar la capacidad de actuación de las empresas ante situaciones como las actuales.

Durante la presentación de esta guía, el secretario general de CEIM, Alejandro Couceiro, aseguró que "la crisis ha demostrado que las empresas y, especialmente, las pymes se están viendo muy afectadas por las pérdidas derivadas de impagos".

Alejandro Couceiro dijo que hay que "cambiar el modelo de negocio y las prácticas comerciales deben ser una prioridad para las empresas. Es una cuestión estructural y no coyuntural".
Asimismo, el secretario general de CEIM hizo especial hincapié en la necesidad a realizar cambios en la legislación básica sobre la morosidad de pagos. "La Unión Europea ya los ha propuesto y esperamos que den pronto resultados", afirmó Alejandro Couceiro.
En este sentido, el secretario general de CEIM instó a las Administraciones públicas españolas a empezar a ser parte de la solución en este tema. Para ello, Alejandro Couceiro considera "imprescindible" abrir un debate sobre el papel del sector público en la economía, en el que se aborden temas tan esenciales como cómo mejorar su eficiencia y eliminar las distorsiones que su actividad genera en el sector privado.

La Guía práctica de gestión de crédito, elaborada por CEIM e Intrum Justitia, contempla un decálogo de recomendaciones básicas que pueden ayudar a las empresas a mejorar su política de gestión de crédito:

1. Desarrollar una política de crédito clara: Incluir dentro del contrato las condiciones de venta a crédito, incluyendo las consecuencias de presentar algún retraso en el pago.
Establecer un límite de riesgo para cada uno de sus clientes. Asegurar que todas las ventas queden documentadas con al menos: una orden de pedido, un albarán y la factura. Colaborar con una compañía especializada en servicios de gestión de crédito y cobros para externalizar una o varias fases de la gestión de crédito. Y por último, detener nuevas ventas a crédito a los clientes que presentan irregularidades en el pago de sus facturas.
2. Aplicar límites de crédito efectivos: La clave para definir estos límites es contar con la mayor información posible para poder tomar la decisión más adecuada, tanto en lo que se refiere a la capacidad financiera de su empresa para ofrecer crédito a sus clientes como a la capacidad de sus clientes para pagar dicho crédito. Establecer medidas especiales para los casos de retraso en el pago de las facturas, como por ejemplo, cobro de intereses de demora o costes administrativos de recuperación.
3. Comprobar las direcciones rutinariamente: La experiencia ha demostrado que tener la precaución de contar con la información correcta de contacto de sus clientes es un factor clave en la optimización del proceso de gestión de crédito y cobro. Como regla general, se deben tener al día los principales datos de facturación de sus clientes, principalmente: nombre del interlocutor válido, dirección de contacto, teléfono, fax, correo electrónico y CIF.
4. Llevar a cabo una revisión periódica de la solvencia de los clientes: Las principales preguntas que se deben hacer sobre el comportamiento de los clientes son:
• ¿El cliente ha solicitado un incremento en el plazo de pago del crédito?
• ¿El cliente se ha excedido en el límite de crédito acordado?
• ¿El cliente atribuye incidencias en las facturas para retrasar el pago de las mismas?
• ¿El banco ha devuelto algún recibo relacionado con el cliente?
• ¿El cliente tarda más de lo habitual en pagar?
• ¿El cliente ha reducido el importe medio habitual de sus compras?
• ¿Tiene conocimiento de otros proveedores (no competidores directos) que tengan problemas de demora con el mismo cliente?
Si alguno de sus clientes presenta algunos de estos comportamientos, es momento de ahondar más en las razones por las cuales está mostrando este cambio de comportamiento.
5. Ofrecer plazos de pago flexibles: Es posible ofrecer un plazo de pago flexible en base al principio de bonusmalus. Los clientes nuevos deben acceder a plazos de pago más cortos que los plazos de pago establecidos para los clientes habituales (que realizan sus pagos en la fecha de vencimiento). Al mismo tiempo, se les ofrece la posibilidad de un plazo de pago más largo para las siguientes ventas, una vez que se ha comprobado que realizan los pagos en el plazo acordado.
6. Mantener un histórico de información del comportamiento de pago de los clientes: Mantener un histórico permitirá llevar a cabo un adecuado seguimiento de sus clientes actuales, definir las nuevas condiciones en el caso de reactivar antiguos clientes y desarrollar un modelo comercial que le permita prevenir iniciativas de venta a crédito a clientes con altas probabilidades de convertirse en morosos o responsables de impagos.
7. Comenzar la reclamación de las deudas en cuanto ha pasado la fecha de vencimiento: El método más exitoso es el denominado Fórmula 2-2-2:
• Envío de la primera carta para recordar el pago dos semanas después de la fecha de vencimiento, como máximo.
• Enviar solamente dos cartas adicionales para recordar el pago antes de acudir a un especialista para gestionar la deuda.
• Mantener un ritmo de dos semanas entre las cartas enviadas.
En todo caso, se debe complementar la gestión con otro tipo de acciones como llamadas telefónicas, faxes, correos electrónicos, etc.
8. Aplicar intereses de demora y costes administrativos de recuperación: De esta manera, aquellos clientes que cumplen con sus obligaciones de pago no tienen porqué "pagar" por aquellos que no lo hacen y así conseguirá que la empresa sea más competitiva.
9. Comenzar la gestión de cobro con mayor anticipación: La mejor opción siempre es buscar el pago amigable ya que resulta la opción menos costosa y la más orientada hacia el cliente. Ya sea que la gestión la realice por su cuenta o la externalice, realizar una gestión de cobro activa no tiene por qué deteriorar la relación con sus clientes, por el contrario ayudará a sanar la situación y reanudar las ventas a crédito sin perjudicar la solvencia y liquidez de su empresa.
10. Recordar que una venta no es una venta hasta que se ha recibido el pago por el producto o servicio: Proporcionar al equipo de ventas una base de datos con información sobre rentabilidad ayudará a desplazar su enfoque de simplemente vender, a involucrarse también en recibir el pago por los productos o servicios.

Fuente: Economía en www.libertaddigital.com